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El orden público es la situación de normal funcionamiento de las instituciones públicas y privadas en la medida que las autoridades ejercen sus atribuciones propias y las personas ejercen pacíficamente sus derechos y libertades.[1] Está estrechamente relacionado con el concepto de legitimidad en el ejercicio del poder político y el de consenso social. Desde el punto de vista del Derecho civil, el orden público es el «conjunto de principios jurídicos, políticos, morales y económicos obligatorios para conservar el orden social del pueblo en una época determinada».[2]
Como expresión, muy a menudo se restringe en su uso a su sentido negativo: la «alteración del orden público», asimilada a distintas formas de delincuencia, marginalidad, protesta pública, revuelta y, en los casos más graves, revolución o subversión; especialmente desde una concepción autoritaria del «orden», que lo equipara al mantenimiento de la jerarquía social, las instituciones y el sistema político, considerando «desorden» cualquier alteración en «lo establecido».
Se puede definir al orden público como «un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico».[cita requerida] Sin embargo, en esta amplia definición caben toda clase de fenómenos jurídicos: los principios generales del Derecho, la constitución política de cada Estado, la costumbre jurídica, el ius cogens, etc.